Conforme a las normas ciertas de Derecho internacional y sin perjuicio a las obligaciones que se deriven de convenios internacionales, los Estados tienen derecho a controlar la entrada de extranjeros en su circunscripción. Al hacerlo dispone de una amplia facultad discrecional. 43 comisiones especializadas en diversos campos legales 94 https://elliotmieyu.worldblogged.com/35529939/se-desconoce-datos-sobre-abogados-en-lyon-francia