ARTÍCULO 87 No podrá imponerse pena de crimen, sino en los delitos que atenten directamente y con fuerza armada contra el orden notorio, y en el de asesinato y homicidio premeditado o seguro. Cerca de las 12:30 pm, en medio del trayecto, la limusina se encontraba pasando frente al edificio https://singnalsocial.com/story3848968/la-gu%C3%ADa-m%C3%A1s-grande-para-estradizione