A los lugares de trabajo ya utilizados ayer de la data de entrada en vigor del presente Real Decreto, exceptuadas las partes de los mismos que se modifiquen, amplíen o transformen después de dicha data, les serán de aplicación las disposiciones de la parte A) del presente anexo con las https://seguridad-y-salud-en-el-t49483.blogocial.com/5-hechos-fácil-sobre-trabajo-en-salud-y-seguridad-ocupacional-descritos-72669663